martes, 7 de febrero de 2012

El Tribunal Constitucional declara "ilegítimo" el uso de la cámara oculta

El Tribunal Constitucional ha declarado por primera vez "ilegítimo" el uso de cámaras ocultas en el ámbito periodístico. En la sentencia dice que este método de grabación está "constitucionalmente prohíbido" por el "engaño" que ejerce el periodista. Desde la Federación de Asociaciones de Periodistas de España, la FAPE, se asegura que esta sentencia hiere de muerte al periodismo de investigación.

La sentencia se pronuncia sobre el caso de una periodista que, con cámara oculta, se hizo pasar por una paciente en la consulta de una esteticista y naturista, que años atrás había sido condenada por ejercer de fisioterapeuta sin tener título para ello. El reportaje fue emitido en la televisión autonómica valenciana, donde se generó un debate sobre la existencia de falsos profesionales en el mundo de la salud.

La protagonista del reportaje interpuso una demanda porque, a su juicio, el programa lesionaba su honor y su derecho a la propia imagen y a la intimidad, y ahora el Constitucional le da la razón. En la sentencia el Alto Tribunal dicta que la utilización de cámara oculta está constitucionalmente prohibida, al margen de la relevancia pública de lo que se investigue. La Federación de Asociaciones de Periodistas de España rechaza de plano esta decisión judicial.

La presidenta de la FAPE ha señalado también que si se hubiera aplicado antes esta sentencia, es decir, sin poder usar cámara oculta, gran parte de los reportajes contra carteles de droga, casos de soborno, trata de mujeres y corrupciones, no se hubieran podido realizar ni tampoco hubiera podido actuar luego la justicia, como ha ocurrido en la mayoría de los casos. Los servicios jurídicos de la FAPE van a estudiar la sentencia por si hubiera alguna posibilidad de recurso.

Noticia ofrecida en CSRadio con corte de Elsa González y redactada por Mariló Rico

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